El caso tomó estado público en noviembre de 2024, cuando la víctima rompió el silencio en los medios. En esa oportunidad, declaró con crudeza: “Hace 12 años que vengo haciendo denuncias porque una persona que no conocía aparece en mi domicilio alterando la paz de mi entorno. Nada me garantiza que de acá a dos meses vaya a estar viva”.
Punturo fue procesado por desobedecer una orden de restricción dictada por el Juzgado Civil V de Familia. Inicialmente, la jueza Isabel Méndez ordenó su evaluación en el Hospital Obarrio y arresto domiciliario por 15 días. Sin embargo, tras las apelaciones de la fiscal Adriana Reinoso Cuello y del abogado de la víctima, Patricio Char, se dictó prisión preventiva por 40 días. Posteriormente, el proceso derivó en un acuerdo de probation por 3 años, con condiciones específicas:
- Residencia obligatoria en Santiago del Estero bajo supervisión de un pastor.
- Prohibición de ingresar a Tucumán sin autorización judicial.
- Uso permanente de la tobillera electrónica.
- Tratamiento psicológico y abstinencia de drogas y alcohol.
- Reparación económica a la víctima.
- Cumplimiento de tareas comunitarias y cursos de género.
Pese a esas restricciones, las alarmas se encendieron cuando Punturo se arrancó la tobillera y, antes de presentarse a una audiencia virtual, alegó tener problemas técnicos para conectarse. Horas después desapareció.
Ante la fuga, la defensa de la víctima solicitó de inmediato una orden de captura y mayor protección, medidas que fueron concedidas. Mientras tanto, las autoridades policiales de Tucumán y Santiago coordinan operativos de búsqueda, aunque hasta el momento el acusado permanece prófugo.